Ley Karin: denuncia de acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo
Desde agosto de 2024, toda empresa debe investigar las denuncias de acoso. Te acompañamos para que tu denuncia avance y no tenga represalias.
Evaluación sin costo. Revisamos tu carta de despido y tu finiquito antes de que firmes. Atendemos en todo Chile, con audiencias remotas o presenciales.
Qué debes saber sobre Ley Karin (acoso laboral)
La Ley Karin (Ley 21.643), vigente desde el 1 de agosto de 2024, obliga a los empleadores a prevenir, investigar y sancionar el acoso laboral, el acoso sexual y la violencia en el trabajo. La denuncia puede presentarse ante la empresa o ante la Dirección del Trabajo. El empleador debe adoptar medidas de resguardo inmediatas, como la separación de espacios, y la investigación debe concluir en un plazo de 30 días. Si el empleador no actúa o toma represalias, procede la tutela laboral.
¿Es tu situación?
- Mi jefe me humilla, grita o aísla de forma reiterada.
- Sufrí acoso sexual en el trabajo.
- Denuncié y no pasó nada o me trasladaron a mí.
- Me despidieron después de denunciar.
Si te identificas con alguna,
Cómo te ayudamos
Denuncia bien hecha
Redactamos la denuncia con hechos, fechas y testigos, y pedimos medidas de resguardo.
Seguimiento
Revisamos la investigación y el informe final.
Tutela
Si hubo vulneración o represalia, demandamos la tutela laboral.
Qué hacemos en cada etapa
Así avanza normalmente un reclamo laboral, desde la carta de despido hasta el cobro.
Revisión de carta y finiquito
Verificamos la causal, los hechos invocados, las cotizaciones y los montos ofrecidos. Te decimos si firmar y cómo.
Reclamo en la Inspección
Si conviene, reclamamos ante la Inspección del Trabajo. Esto suspende el plazo para demandar.
Demanda
Presentamos la demanda ante el Juzgado de Letras del Trabajo dentro de los 60 días hábiles desde el despido.
Audiencia preparatoria
El juez llama a conciliación. Evaluamos contigo cualquier oferta y, si no hay acuerdo, ofrecemos la prueba.
Audiencia de juicio
Rendimos la prueba: documentos, testigos y peritajes. La sentencia se dicta en la audiencia o días después.
Cobro y recursos
Hacemos cumplir la sentencia y, si es desfavorable, evaluamos el recurso de nulidad ante la Corte.
Preguntas frecuentes
¿Dónde se denuncia por Ley Karin?
Ante el empleador, según su protocolo de prevención, o directamente ante la Dirección del Trabajo. Si la empresa investiga, debe remitir el informe a la Dirección del Trabajo.
¿Me pueden despedir por denunciar?
No. La garantía de indemnidad protege a quien denuncia. Un despido como represalia puede demandarse por tutela laboral.
Cuéntanos tu caso
Un abogado laboral revisará la información y te contactará. Si tienes la carta de despido o el finiquito, tenlos a mano.
La evaluación no tiene costo. Si podemos ayudarte, conoces las condiciones por escrito antes de firmar.
